Coladera pluvial *

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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Coladera pluvial o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Coladera pluvial. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Coladera pluvial, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:

Empresa Producto Información de contacto
FUNDICION FAR cobertura: NACIONAL COLADERA PLUVIAL, Coladera pluvial Somos proveedores de COLADERA PLUVIAL en JUAREZ NUMERO 13 Col. CENTRO IXTAPALUCA
IXTAPALUCA, MEXICO C.P. 56530 . México
Datos y productos de FUNDICION FAR
DH Hidraulica y Drenaje cobertura: Latinoamerica Coladera pluvial Ofrecemos Coladera pluvial en Fausto Vega Santader 813 Col. Escuadrón 201
D.F., D.F. C.P. 09060 . México
Datos y productos de DH Hidraulica y Drenaje
SERVICIO INDUSTRIAL Y MANUFACTURAS METAL cobertura: Latinoamérica Coladera pluvial, Coladera rejilla Somos un proveedor de Coladera pluvial en . México
Datos y productos de SERVICIO INDUSTRIAL Y MANUFACTURAS METAL
HN Coladera pluvial de banqueta Somos proveedores de Coladera pluvial de banqueta en Edison 3105 Norte Col. Fraccionamiento Industrial
Monterrey, N.L. C.P. 00000 . México
Datos y productos de HN
AD Technologies cobertura: Centroamérica, Caribe, Europa tubería pluvial Ofrecemos tubería pluvial en Ave. 5 de Febrero, Norte No 1309-B Col. Zona Industrial Carillo Puerto
Queretaro, Qro. C.P. 76130 . México
Datos y productos de AD Technologies
Construcciones Jes Am cobertura: Latinoamérica Drenaje pluvial, coladeras de desague Somos un proveedor de Drenaje pluvial en Monterrey, Nuevo León . México
Datos y productos de Construcciones Jes Am
Plastic Plumbers de Mexico cobertura: Mexico Bajada pluvial Somos proveedores de Bajada pluvial en Xochilt 11 Col. Cerro Grande
Atizapán, Edo. de Méx. . México
Datos y productos de Plastic Plumbers de Mexico
Limex Drenaje pluvial Ofrecemos Drenaje pluvial en San Isidro No. 150 Col. Sector la Lagrima La Estanzuel
Monterrey, N.L. C.P. 00000 . México
Datos y productos de Limex
INICITIVAS INDUSGTRIALES DE JALISCO cobertura: México Drenaje pluvial Somos un proveedor de Drenaje pluvial en México Col. -------------------
------------------------, -------------------------- C.P. 0052 . México
Datos y productos de INICITIVAS INDUSGTRIALES DE JALISCO
Comercializadora Trevigo cobertura: NA Drenaje pluvial Somos proveedores de Drenaje pluvial en Nuevo León, Monterrey . México
Datos y productos de Comercializadora Trevigo
Urbanizaciones y Construcciones de Lerma Drenaje pluvial Ofrecemos Drenaje pluvial en Av. Hidalgo 53-B
Lerma, Estado de México . México
Datos y productos de Urbanizaciones y Construcciones de Lerma
Tigre - Tubos e Conexões cobertura: Mundial drenaje pluvial Somos fornecedores de drenaje pluvial en Rua dos Bororós, 84 Distrito Industrial CEP 89239-290 Col. Bairro: Distrito Industrial
Joinville, Santa Catarina C.P. 8929 . Brasil
Datos y productos de Tigre - Tubos e Conexões
CMB sensores de precipitacion pluvial Somos proveedores de sensores de precipitacion pluvial en Taine No. 205-B Col. Polanco
México, D.F. C.P. 11570 . México
Datos y productos de CMB
TodoDren Usos en drenaje pluvial Ofrecemos Usos en drenaje pluvial en Monterrey, Nuevo León . México
Datos y productos de TodoDren
MAYTRONICS MEXICO cobertura: Latinoamérica Tubos de polietileno pluvial, Tubos estructurados pluviales, diametros 42" Somos un proveedor de Tubos de polietileno pluvial en Mèxico, D.F. . Alemania
Datos y productos de MAYTRONICS MEXICO
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Solicitudes de compradores de: Coladera pluvial

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Si usted desea conocer solicitudes de Compradores de Coladera pluvial o productos similares, a continuación le mostramos una lista de requerimientos de suministro o solicitudes de cotización, importación o compra de Coladera pluvial. Para poder contactar a los Compradores, Importadores, Demandadores o Clientes de Coladera pluvial vea el listado de requerimientos y solicíteles información
ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
220961 Compra de COLADERA PLUVIAL 8 Piezas
Única vez
Comprador de COLADERA PLUVIAL en LOS CABOS, México CONTRATISTA coladera marca JAY R.SMITH MOD. 2250

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312075 Compra de Coladera Pluvial 1000 Piezas
Anual
Comprador de Coladera Pluvial en México, México Jefe de Departamento Coladera pluvial de banqueta fabricada en polietileno de media densidad con rejillas ...

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Mensaje al comprador
314733 Compra de Coladera pluvial 7 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial en bahia de banderas, México dueño solicito coladeras pluviales para campo de golf de 4" de diametro y salida de 3" urgente

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462935 Compra de Coladera pluvial 5 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial en D. F., México auxiliar

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520427 Compra de Coladera pluvial 1 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial en Mexico, México administrador coladera pluvial de banqueta

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106385 Compra de Coladera pluvial de banqueta 1 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial de banqueta en zacatecas, México residente

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144056 Compra de coladera pluvial de banqueta 1 Piezas
Única vez
Comprador de coladera pluvial de banqueta en veracruz, México supervisor tecnico

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168436 Compra de Coladera pluvial de banqueta 1 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial de banqueta en proyectos, México auxiliar

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171379 Compra de Coladera pluvial de polietileno 43020 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial de polietileno en México, México Rep. compras polietileno de 1/2 densidad, absorción de humedad %1.5, contenido de humedad %0.01, densidad g/cc:0.91, ...

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178112 Compra de Coladera pluvial de banqueta 1 Piezas
Única vez
Comprador de Coladera pluvial de banqueta en MANTTO, México SECRETARIA ACERO INOXIDABLE

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Busque clientes de los productos que vende:
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Clientes o compradores de: Coladera pluvial

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Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Coladera pluvial o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Coladera pluvial o similares seleccionados:

No. de Oportunidad Comprador de Coladera pluvial Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
144056
(7-Ene-2008)
imi
veracruz, México
1 Piezas
Única vez
106385
(6-Sep-2007)
ralasa
zacatecas, México
1 Piezas
Única vez
139836
(18-Dic-2007)
JAQNSSEN-CILAG
PUEBLA, México
35 Piezas
Anual
138325
(12-Dic-2007)
persona fisica
mexico, México
1 Servicios
Única vez
134329
(29-Nov-2007)
Deiman sa de cv
PRODUCCION, México
30 Piezas
Semestral

Empresas que incluyen en su nombre el término Coladera pluvial

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Si usted desea conocer empresas que incluyan en sus nombres o denominaciones (incluso
las que no se muestran en esta sección) el término Coladera pluvial o similares, a
continuación le presentamos una lista de ellas. Usted puede conocer más
sobre ellas y solicitar información dando clic a cada una:

Precios de Coladera pluvial o Similares

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Producto Fecha de Validez Precio Volumen Condiciones Tipo de Precio Tipo de Fuente Opine y Califique
Coladera pluvial 15-Nov-2008
a
15-Dec-2008
0.000 MXP 0 0 a Única vez nayarit, México Estimado Comprador que solicita el producto  
Coladera pluvial 2-Apr-2009
a
2-May-2009
1500.000 MXP 0 0 a Semestral ECATEPEC, México Estimado Comprador que solicita el producto  
Coladera pluvial 21-Sep-2009
a
21-Oct-2009
1000.000 MXP 0 0 a Única vez DF, México Estimado Comprador que solicita el producto  

Noticias que incluyen en su texto el término Coladera pluvial

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Si usted requiere leer Noticias que incluyan en su texto el término Coladera pluvial (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de las notas relacionadas publicadas en el portal. Las noticias incluyen principalmente informacion Comercial, Información o Condiciones de Mercado, Ampliaciones, Nuevas Plantas o Fusiones, Ofertas de Empresas, Legislación, Resultados, Lanzamientos, Entrevistas, Incrementos o Bajas de Precio y mucho más. Usted puede leer de forma gratuita cada noticia y cuando la nota es larga dar click en Ampliar para ver la noticia completa.

11-Junio-2007
Nuevo centro de distribución de Sabritas en México
  
     Industria: Alimenticia
     Tipo: Nuevas plantas e inversiones
     Fuente:  El Financiero / Intélite

Con el objetivo de mejorar la distribución de productos, Sabritas, una de las compañías del Grupo PepsiCo, inauguró el centro de distribución más grande en Latinoamérica, con una inversión de casi 12 millones de dólares.

El nuevo centro de distribución, que cuenta con todos los permisos de ley, se encuentra localizado en la zona industrial de la Ciudad de México, en avenida San Antonio, colonia Mixcoac.

La unidad cuenta con 300 empleados, avances tecnológicos en ahorro y captación de energía mediante celdas solares y de recuperación de agua pluvial.

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30-Mayo-2005
Consumo excesivo de energéticos, por la mala construcción de los edificios
  
     Industria: Petroquímica
     Tipo: Gobierno, Situación del mercado
     Fuente:  Excélsior

José Roberto García Chávez, especialista de la UAM, señaló que la mala construcción que registran numerosos edificios en el país, provoca que su consumo de energéticos sea excesivo y generen daños al medio ambiente, porque la energía que utilizan proviene del uso de gas LP y leña.

  • Dijo que de acuerdo con el balance que anualmente emite la Sener, esas edificaciones utilicen 23% del energético, aunque, existen otros consumos atribuibles que elevaría esa cifra hasta 50 por ciento.

  • Señaló que la política de subsidiar estos recursos tiene como objetivo beneficiar a los sectores más pobres de la población, pero al generalizarse se convierte en un contrasentido, ya que en el caso del agua, los segmentos marginados ni siquiera reciben la dotación del recurso, mientras que otros sectores derrochan el líquido y pagan sólo cuatro pesos por metro cúbico.

  • Por su parte, Roberto Martín Juez, presidente de la empresa Heliotécnica y especialista en diseñar arquitectónicos biclimáticos, propuso promover en el país una normatividad basada en incentivos fiscales para los desarrolladores que apliquen conceptos de tipo bioclimáticos en sus diseños, tales como la utilización de precipitación pluvial y de bioclimatización, entre otros. (Reportero: Arturo Ochoa)

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26-Julio-2004
Presenta avance del 50 por ciento parque industrial de Gómez Palacio Durango
  
     Por:  El Siglo de Durango  /  Fuente:  QuimiNet

Apenas transcurrieron dos meses de que el Cabildo autorizó la lotificación del Parque Industrial México y a la fecha este proyecto registra un avance del cincuenta por ciento.

De los 100 mil metros cuadrados que tenían disponibles en esta nueva zona industrial, la empresa Avalon Inmobiliaria, S.A. de C.V., logró comercializar 50 mil metros y tienen disponible una cantidad igual de terreno.

Augusto Ávalos Longoria, socio de esta inmobiliaria, informó que este proyecto se encuentra ubicado al noreste de la ciudad y explicó que se eligió invertir en estos terrenos porque el predio está en el área del estado de Coahuila y puede resultar atractivo para ambas entidades.

El inversionista informó que el parque industrial cuenta con una superficie de 120 mil metros cuadrados, de los cuales diez mil son vialidades y el resto que son 11 hectáreas es para venta; una de estas hectáreas se dio en donación al Ayuntamiento para acondicionarla como área verde.

“Actualmente tenemos ya tres lotes vendidos; uno de 30 mil metros que lo ocupa la empresa Poliestireno Alfa-Gama; otro de diez mil metros cuadrados que lo ocupa la empresa Ponch de México, proveedora de LG Philips, y otros siete mil 850 metros de otro inversionista”, afirmó.

Ávalos Longoria comentó que están en pláticas con una empresa del área de servicios para que se instale en esta zona; además, iniciaron negociaciones con otra industria foránea para que venga a instalar una maquila, en un terreno de aproximadamente diez mil metros cuadrados.

“Con esto tendríamos un área disponible de aproximadamente 50 mil metros cuadrados; la idea es que esta empresa, como las que vamos a promocionar, sean empresas de alta tecnología, empresas que sus instalaciones y maquinaria sean realmente costosas, que sea una empresa que venga y se instale y sea difícil que se la lleven como sucede con otro tipo de empresas de la transformación”, afirmó.

El inversionista aseguró que han tenido buena respuesta aunque la promoción ha sido relativamente poca; “no tenemos duda que esa área se convierta en una buena oferta para las industrias. Dos empresas ya están instaladas; una nave industrial está próxima a instalarse; la cuarta empresa está apenas en pláticas”.

Afirmó que la ubicación del parque industrial es buena, porque se encuentra frente LG Philips y Linamar; “ésta es la más importante que tenemos en el estado de Durango y necesita de empresas satélites alrededor y estas empresas atraen a otras empresas”.

“Creo que le apostamos a que las empresas cada vez requieren de mejores parques industriales; éste es relativamente pequeño pero creemos que tiene toda la infraestructura, todo es subterráneo, tenemos drenaje pluvial, sanitario, red de teléfonos”, afirmó Ávalos Longoria.

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Artículos que incluyen en su texto el término Coladera pluvial

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Si usted requiere información de Coladera pluvial que incluyan en su texto el término Coladera pluvial (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de Coladera pluvial y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:


17-04-2008
Materiales geosintéticos para la construcción
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos | Productos y Servicios relacionados: Mantenimiento industrial, Tratamiento de agua

Materiales geosintéticos para la construcción

La palabra “geosintético”, designa genéricamente a toda aquella gama de productos manufacturados destinados a realzar las propiedades requeridas del suelo de construcción o bien al reemplazo de éste.

Materiales Geosintéticos VASE, desde su inicio ha participado activamente en la industria de la construcción en las áreas del diseño, ejecución, suministro de materiales propios de la obra, así como, sistemas y productos geosintéticos para empresas privadas y sector de gobierno.

Materiales Geosintéticos VASE cuenta con la experiencia y capacidad técnica para la implementación de sistemas y soluciones, además con el soporte técnico y respaldo comercial de proveedores nacionales e internacionales.

Dentro de los materiales geosintéticos que ofrecen, se encuentran:

Gavión

  • Canalizaciones y rectificación de cauces
  • Muros y taludes de contención
  • Control de erosión pluvial y fluvial
  • Puentes y alcantarillas

Malla hexagonal a triple torsión

  • Reencarpetamiento
  • Control de caídos
  • Control de erosión
  • Refuerzo de pavimentos flexibles

Biomanta

  • Revestimiento vegetal de taludes
  • Protección permanente contra la erosión
  • Revestimiento de canales y reservorios
  • Crecimiento de césped en zonas áridas

Grid PAV

  • Repavimentación
  • Refuerzo en pavimentos hidráulicos
  • Refuerzo en pavimentos asfálticos
  • Reducción de agrietamientos reflexivos

Geotubos

  • Sobreelevación de bordos
  • Protección costera
  • Recuperación de playa

Geoclay

  • Rellenos sanitarios
  • Embalses de agua y tanques
  • Contención secundaria de estanques
  • Remediación de suelos

Bentonita

  • Juntas frías
  • Juntas de expansión
  • Obras subterráneas

Geodren

  • Muros de contención
  • Losas de cimentación
  • Estacionamientos subterráneos
  • Campos deportivos

Geoweb

  • Control de erosión en cortes y taludes
  • Patios de almacenaje
  • Soporte de vías de tren
  • Bases y sub-bases de pavimento

Geobloque (poliestireno)

  • Cimentaciones
  • Puentes, rampas de acceso
  • Muros de contención
  • Arquitectura (volumen)

Alcantarillas

  • Circular, elipse, arco, pera
  • Paso inferior para ganado y vehículos

Hidrosiembra

  • Vegetado de cortes, taludes terraplenes, etc
  • Empastado de campos deportivos
  • Invernaderos y films plásticos

Barrera preventiva

  • Construcción en vialidades
  • Áreas restringidas
  • Prevención de accidentes
  • Delimitación de áreas de trabajo

Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Materiales Geosintéticos VASE.

O bien, haga contacto directo con Materiales Geosintéticos VASE para solicitar mayor información sobre materiales geosintéticos, haciendo clic en el material de su interés.

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03-12-2008
Las geomembranas de polietileno
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Construcción, Resinas y recubrimientos | Productos y Servicios relacionados: Tratamiento de agua

Las geomembranas de polietileno

Las membranas de polietileno están compuestas de polímeros especiales que suministran una excelente protección al sitio ya que cuentan con la resistencia y el espesor suficientes, para impedir la falla debido al esfuerzo físico.

La instalación apropiada es crítica para el éxito del revestimiento. El proceso de  costuras por termofusión  patentado asegura la geomembrana por largo tiempo sin filtración, gracias a su óptima  combinación de propiedades, son consideradas un excelente revestimiento de amplia  utilización en la industria  de confinamiento de desperdicios tóxicos, control de contaminación ambiental  y preservación de la pureza de aguas pluviales; así mismo impiden que el lixiviado  y los componentes líquidos  residuales se filtren de los embalses, y por consiguiente, penetren y contaminen el agua subterránea. Son fabricadas de materiales que resisten  los rayos solares y la degradación por lixiviado. Y solo REPCO cuenta con estos materiales  al mejor precio. 

Recubrimientos y Protecciones de la Construcción, S.A. de C.V. (REPCO), es distribuidor exclusivo de las mejores marcas en Geomembranas: Poly-Flex y Layfield, diseñadas con durabilidad, resistencia química, con una excelente  resistencia a esfuerzos  de fractura y buenas propiedades físicas  a baja temperatura para proyectos de retención de alta  calidad  y flexibilidad. La combinación de polímeros de primera calidad y de avanzados paquetes de aditivos probados en laboratorio, le dan a las geomembranas de Repco un excelente desempeño en aplicaciones de rellenos sanitarios de basura solida y contaminada, aguas tratadas, sistemas secundarios de retención, lagunas para aguas negras o contaminadas y por su certificación para usos en aplicaciones  con agua potable; también son una excelente opción para la contención de otras soluciones. Por estas razones son las más vendidas, en cualquier parte del mundo, en los últimos años.

Las Geomembranas que Repco comercializa  son resistentes contra los rayos UV  ya que han sido probadas en experimentos de exposición acelerada al medio ambiente  por más de tres años  y medio, bajo condiciones  agresivas que simulan  casi 30 años de exposición natural prolongada. Se completaron las pruebas y con base a los resultados  podemos  ofrecer una garantía opcional de 20 años por deterioro ambiental.

GEOMEMBRANAS DE POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD: Para tanques metálicos, rellenos sanitarios, depósitos de residuos peligrosos e impermeabilización de cimentaciones

GEOMEMBRANAS DE POLIETILENO DE BAJA DENSIDAD: Para impermeabilización de techos, invernaderos, lagos y lagunas artificiales, canales de riego y proyectos acuícolas y piscícolas.

ENVIRO LINER: Geomembranas flexible con excelente  resistencia a los rayos U.V. con la facilidad de ser pre-fabricada en planta, evitando costos de mano de obra

GEOMEMBRANAS DE POLIPROPILENO: Certificadas por la NSF para el contacto con agua potable usadas mayormente en cisternas, tanques metálicos, tanques elevados, entre otros múltiples usos.

GEOMEMBRANAS ESPECIALES: Para  Barrera de vapor, altas temperaturas, alto riesgo químico  y RPE

GEOREDES: Para aplicaciones de drenaje donde la filtración es necesaria para reducir la obstrucción y permitir un flujo planar.

GEODRENES: Para el drenaje y en los sistemas de colección de la lixiviación y tiene más transitividad que una capa de arena de 30.5 cm de grosor.

GEOTEXTILES: Usados para la protección de lagunas de lixiviados, tratamientos de aguas, diques de contención secundaria, fosas de aguas residuales, tuberías y  ollas de captación de aguas pluvial.

Nueva línea de productos en Pro del Medio Ambiente

CONTROL DE SEDIMENTO: Usados para evitar la contaminación del agua por escurrimiento de  sedimentos manteniendo la calidad del agua.

AQUA DAM: Utilizado principalmente como dique artificial para trabajos donde el agua está presente, también usado para el control del agua en inundaciones y como almacén temporal de agua, puede reutilizarse en múltiples ocasiones.

CUBIERTAS FLOTANTES: Para preservar agua potable, control de olores, captación de gas metano, control de evaporación y almacenaje de productos contaminantes.

Así mismo, REPCO, ofrece servicio de asesoría técnica gratuita, suministro, instalación profesional, distribución, garantía certificada, programas de mantenimiento, reparaciones y maquinaria.

Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Recubrimientos y Protecciones de la Construcción (REPCO).

O bien, haga contacto directo con Recubrimientos y Protecciones de la Construcción (REPCO) para solicitar mayor información sobre sus geomembranas, dando clic en el producto de su interés.

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01-07-2005
NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

SECRETARIA DE SALUD

NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
Oficial Mexicana.

Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

SECRETARIA DE SALUD
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
Dirección General de Salud Ambiental

SECRETARIA DE ECONOMIA
Dirección General de Normas
Dirección General de Política de Comercio Interior

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Coordinación General de Investigación

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

INDICE

1. Objetivo y campo de aplicación

2. Referencias

3. Definiciones

4. Símbolos y abreviaturas

5. Clasificación

6. Requisitos de etiquetado

7. Requisitos de envasado

8. Presentación de la información

9. Declaraciones no permitidas

10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

11. Bibliografía

12. Observancia de la Norma

13. Vigencia

1. Objetivo y campo de aplicación

1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

2. Referencias

Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

3. Definiciones

Para fines de esta Norma se entiende por:

3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
pueden ordenar.

3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
de forma violenta.

3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
o controladores de malos olores del ambiente.

3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

4. Símbolos y abreviaturas

Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

°C      grados Celsius

Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

5. Clasificación

Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

5.1 Productos especiales para textiles

5.2 Productos multifuncionales

5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

5.4 Productos para el ambiente

5.5 Productos para higiene

5.6 Productos para la limpieza

5.7 Productos para protección o acabado lustroso

y otros que determine la Secretaría.

6. Requisitos de etiquetado

6.1 Etiquetado sanitario

6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
del producto.

6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
el producto.

6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

-         Fosfatos

-         Fosfonatos

-         Tensoactivos aniónicos

-         Tensoactivos catiónicos

-         Tensoactivos anfotéricos

-         Tensoactivos no iónicos

-         Blanqueadores base oxígeno

-         Blanqueadores base cloro

-         EDTA

-         Acido nitrilotriacético

-         Fenoles y fenoles halogenados

-         Hidrocarburos aromáticos

-         Hidrocarburos alifáticos

-         Hidrocarburos halogenados

-         Ceras

-         Silicones

-         Sulfatos

-         Carbonatos

-         Silicatos

-         Zeolitas

-         Policarboxilatos

6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

6.1.4 Instrucciones de uso.

6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones, por las características del mismo, dicha información debe presentarse en la superficie de información de la etiqueta del envase primario o en su caso, del envase secundario. En caso de no existir espacio suficiente, las instrucciones de uso podrán ir impresas en un instructivo anexo al envase y en este último se indicará en la superficie de información el siguiente texto: “Léase instructivo anexo”.

6.1.5 Declaración del lote.

6.1.5.1 En cualquier parte del envase primario o secundario, debe figurar en todos los productos objeto de esta Norma, la identificación del lote o dato que permita la rastreabilidad del producto con una indicación en clave o en lenguaje claro, ya sea grabado, marcado con tinta indeleble o de cualquier otro modo similar.

6.1.6 Leyendas precautorias y recomendaciones.

De acuerdo al tipo de producto, el fabricante debe incluir en la etiqueta, cuando menos, las leyendas precautorias o recomendaciones de seguridad referidas a los aspectos que se mencionan en este apartado de manera contrastante y visibles en condiciones normales de compra y uso y cuya redacción debe ser clara y que no induzca error al consumidor.

6.1.6.1 En los productos tóxicos debe figurar:

6.1.6.1.1 Que contiene sustancias tóxicas cuya ingestión, inhalación o contacto directo inmediato o prolongado, según corresponda, pueden originar graves daños a la salud.

6.1.6.1.2 Que no se deje al alcance de los niños.

6.1.6.1.3 Incluir el símbolo que identifica a una sustancia con propiedades venenosas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 1).

6.1.6.2 En los productos corrosivos debe figurar:

6.1.6.2.1 En la superficie principal de exhibición: “Lea la etiqueta antes de usar este producto”.

6.1.6.2.2 Que no reutilice el envase y que una vez terminado el contenido se deseche el mismo.

6.1.6.2.3 Que para su empleo utilice guantes.

6.1.6.2.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2, así como la inclusión del siguiente símbolo que identifica a una sustancia con propiedades corrosivas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 2).

6.1.6.2.5 La palabra “corrosivo” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase.

6.1.6.2.6 Leyendas que señalen:

Las acciones a seguir en caso de ingesta, mal uso o mala aplicación del producto, por ejemplo:

6.1.6.2.6.1 Que en caso de ingestión accidental, no se provoque vómito y se obtenga ayuda médica
de inmediato.

6.1.6.2.6.2 Que en caso de contacto con la piel o con los ojos, enjuague con abundante agua y obtenga ayuda médica.

6.1.6.3 En los productos inflamables debe figurar:

6.1.6.3.1 Los textos: “inflamable” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase y “Mantener lejos del fuego y de instalaciones eléctricas”.

6.1.6.3.2 Las demás leyendas señaladas en los numerales 6.1.6.1 y 6.1.6.2 que sean aplicables de acuerdo a la fórmula del producto.

6.1.6.4 Los productos que se expendan en envases presurizados, deben presentar las siguientes leyendas:

6.1.6.4.1 Que no se use cerca de los ojos o flama.

6.1.6.4.2 Que no se queme o perfore el envase.

6.1.6.4.3 Que no se exponga al calor.

6.1.6.4.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2.

6.1.6.5 Cuando la composición de la fórmula no permita la mezcla con otras sustancias por representar un riesgo a la salud se debe manifestar dicha acción de manera clara.

6.1.6.6 En los productos en cuya formulación intervengan sustancias o compuestos, tales como enzimas y oxidantes, entre otros, que por su concentración y características en producto terminado presenten problemas de irritación o sensibilización en piel o en mucosa bajo condiciones normales de uso harán figurar leyendas que se refieran a los siguientes aspectos: Que puede provocar irritación en la piel y en mucosas,
y que se usen guantes si se presenta irritación.

6.2 Etiquetado comercial

6.2.1 Nombre o marca comercial del producto.

6.2.2 País de origen.

6.2.2.1 Leyenda que identifique el país de origen del producto o gentilicio, por ejemplo: “producto de...”, o “producto...”, “Hecho en ...”, “Manufacturado en ...” u otros análogos, sujeta a lo dispuesto en los tratados internacionales de los cuales México sea parte.

6.2.3 Indicación de cantidad.

6.2.3.1 El etiquetado de los productos de aseo debe cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas NOM-030-SCFI-1993, Informació n comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones y NOM-008-SCFI-1993, Sistema General de Unidades de Medida, vigentes. La unidad de medida puede adicionalmente figurar en otro sistema de unidades de medida con el mismo tipo de letra y por lo menos con el mismo tamaño.

6.3 Generalidades

6.3.1 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en envase múltiple o colectivo, éste debe ostentar cuando menos la siguiente información: marca, denominación e indicación de cantidad, a menos que los materiales del envase múltiple o colectivo permita leer la
etiqueta individual.

6.3.2 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en un envase múltiple o colectivo, cuyas presentaciones individuales sean utilizadas en una sola aplicación, toda la información a que se refiere la presenta Norma Oficial Mexicana, debe estar contenida en éste, e incluir además, la instrucción que se conserve el envase hasta agotar el producto. Asimismo, la presentación individual o el envase múltiple o colectivo debe ostentar la leyenda: “No etiquetado para su venta individual”. Lo anterior no será necesario en caso de que las presentaciones individuales ostenten la información correspondiente en la presente Norma, por lo que el etiquetado del envase múltiple o colectivo debe cumplir con lo establecido en el numeral 6.3.1.

6.3.3 La presentación individual debe contener el etiquetado completo de acuerdo con la presente Norma Oficial Mexicana, a excepción del caso mencionado en el numeral 6.3.2.

6.3.4 El fabricante o comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel deben garantizar que el producto suministrado al consumidor ostente una etiqueta que cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento.

6.4 Características de la etiqueta:

6.4.1 Todas las etiquetas deben ser diseñadas, elaboradas y fijadas de tal forma que la información contenida en las mismas permanezca disponible durante el uso normal del producto.

7. Requisitos de envasado

7.1 Los envases de los productos objeto de este ordenamiento deben cumplir con lo siguiente:

7.1.1 Los productos objeto de esta Norma, que representen un riesgo a la salud por su acción tóxica, corrosiva o inflamable deben contar con dispositivos de seguridad y estar contenidos en envases resistentes a niños.

7.1.2 Los aromatizantes sólidos o pastillas desodorantes deben contar con un envase primario que sea de un material resistente que no permita su fácil apertura por los niños o contar con un envase secundario para su comercialización.

7.1.3 El comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel debe garantizar que el envase en el que se suministra el producto al consumidor cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento, siendo responsabilidad del comercializador que los envases que se utilizan para contener alimentos preenvasados no se empleen para la venta de productos de aseo a granel.

8. Presentación de la información

8.1 La información que debe aparecer en la etiqueta de los productos objeto de esta Norma, debe indicarse con caracteres claros, visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.

8.2 Los productos destinados a ser comercializados en el mercado nacional, deben ostentar una etiqueta con la información a que se refiere esta Norma en idioma español, independientemente de que también pueda estar en otros idiomas, cuidando de que los caracteres sean al menos iguales en tamaño, proporcionalidad tipográfica y colores iguales o similares a aquellos en los que se presente la información en otros idiomas.

8.3 Los términos champú y espray como presentaciones de los productos de aseo, podrán declararse en idioma inglés sin traducción.

9. Declaraciones no permitidas

9.1 No se deben declarar propiedades que no puedan comprobarse.

10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

10.1 Esta Norma no es equivalente a ninguna norma internacional ni mexicana por no existir al momento de su elaboración.

11. Bibliografía

11.1 Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 1992. Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.2 Secretaría de Salud. 1991. Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación . México, D.F., y sus reformas de 1997.

11.3 Secretaría de Salud. 1999. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.4 Secretaría de Salud. 1988. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

11.5 Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas emitidas por la Organización de las Naciones Unidas. Edición novena. Nueva York y Ginebra 1995.

11.6 Code of Federal Regulations. Consumer Products Safety Commission. 1700.20 Testing Procedure for special packaging.

11.7 Joseph F. Hanlon. 1992. Handbook of packaged engineering. Technomic. Publishing Company, Inc. Lancaster. USA. p. 13-9 y 13-11.

11.8 Ing. José Antonio Rodríguez Tarango. 1991. Introducción a la Ingeniería de Empaques para la Industria de los Alimentos, Farmacéutica, Química y de Cosméticos. Edición particular. México, D.F.
p. 116-143.

12. Observancia de la Norma

12.1 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones sanitarias de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Salud.

12.2 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones comerciales de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y a las Unidades de Verificación acreditadas para tal efecto.

13. Vigencia

13.1 La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 365 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación , salvo las disposiciones sobre la declaración de lote, que entrarán en vigor a los seis meses, en el punto de venta, contados a partir de la entrada en vigor del presente instrumento.

México, D.F., a 1 de agosto de 2002.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Ernesto Enríquez Rubio .- Rúbrica.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Información Comercial, Seguridad al Usuario y Prácticas de Comercio,
Miguel Aguilar Romo .- Rúbrica.

 

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